TEMA: previsional, jubilatorio
Términos jurídicos.Esta consulta a la RAE y su respuesta muy completa en sus definiciones le da validez a dos términos jurídicos: previsional y jubilatorio sacados de diccionarios argentinos, chilenos y el Diccionario de americanismo (2010). Su uso es correcto.
Subrayo, con letras azules, las partes más claras del contenido de esta respuesta
⇔ ⇔
para mí
Estimado Sr. Betancur:
En relación con su consulta,
nos complace remitirle la siguiente información:

Los adjetivos relacionados con previsión en español son
previsible, previsivo, previsor y previsorio.
Ahora bien,
el adjetivo previsional se registra en el Diccionario del habla chilena (1978),
de la Academia Chilena,
con el siguiente significado específico:
previsional adj. Relativo a la previsión social.
Se documenta también en el Diccionario integral del español de la Argentina (2008)
con un significado similar.
También se registra en el Diccionario de americanismos (2010),
de la Asociación de Academias de la Lengua,
con este mismo significado y
con marcas diatópicas (diatópico, ca De dia-, el gr. τόπος tópos ‘lugar’ e ‒́ico.
1. adj.Ling. Dicho de una diferencia lingüística: Que se debe a las diferentes procedencias geográficas de los hablantes.)
de algunos países americanos:
previsional adj. Ni, Ch, Py, Arg, Ur. Relativo a la previsión social.
En este mismo diccionario,
previsión social se define del siguiente modo:
previsión social. f. Ni, Bo, Ch, Ur. Organización estatal que se ocupa de atender determinadas necesidades económicas y sanitarias de los ciudadanos.
Este adjetivo está ampliamente documentado en nuestros bancos de datos,
accesibles en la página electrónica de la RAE:
«También habría estímulos a la inversión y rebajas en los aportes previsionales de los empresarios»
(Revista Hoy [Chile], 19-25/10/1983).
Por otra parte, el adjetivo jubilatorio
está bien formado desde un punto de visto morfológico,
al añadirse el sufijo -torio,
que forma adjetivos deverbales,
( deverbal De verbo.
1. adj.Gram. Dicho de una palabra: Que deriva de un verbo; p. ej., empuje, de empujar; salvamento, de salvar. U. t. c. s.)
al verbo jubilar(se), y su uso es correcto.
En el Diccionario integral del español de la Argentina (2008)
se registra explícitamente con el siguiente significado:
jubilatorio, -ria. adj. De la jubilación o relativo a ella.
Este adjetivo también está ampliamente documentado en nuestros bancos de datos,
accesibles en la página electrónica de la RAE:
«Los marcos de las puertas […] olían rencorosos y persistentes a los almuerzos italianos de los domingos, a recibos de mutualistas médicas, a trámitesjubilatorios»
(1979 Onetti [Uru] Dejemos hablar al viento).
Reciba un cordial saludo.
⇓
__________
consu 9 <consu [email protected]>
5 ago. (hace 1 día)
consulta RE | léxico | previsional/jubilatorio
Departamento de «Español al día»
Real Academia Española
Fecha de envío: Jue, 04/08/2016 – 02:22
Nombre y apellidos: Eduardo Betancur Lora
Nivel de estudios: Medios
Profesión: corrector
Correo electrónico: [email protected]
Repetir correo electrónico: [email protected]
País de origen: Colombia
Consulta:
Saludos
Siguiendo este manual de estilo argentino me encuentro que hay palabras que
tienen reconocido prestigio e importancia y que son habituales en el
lenguaje jurídico como jubilatorio, previsional (según esa página) que no están en los
diccionarios jurídicos ¿son válidas o correctas estas palabras?
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